Se aprobó el sistema de registro del programa de Cannabis
El #REPROCANN registrará a los usuarios y usuarias que accedan a la planta de #cannabis y sus derivados como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, a través del cultivo controlado.
Podrán inscribirse por sí o a través de un representante, y para acceder al cultivo a través una tercera persona (cultivador) o a través de una organización civil autorizada a esos efectos.
Será requisito excluyente contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un/a profesional de la #salud.
La inscripción se realizará a través del link: https://reprocann.salud.gob.ar aunque por el momento no está en funcionamiento.
En el anexo II de la resolución se autoriza el cultivo de entre una y nueve plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior (en el exterior no estará permitido cultivar) y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas.
Fuente: Argentina.gob.ar
Para más información podés acceder a la resolución desde acá: https://www.boletinoficial.gob.ar/.../241814/20210312...
