SANTA FE: Decreto Reglamentario Cannabis Medicinal

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 13.602, promulgada en fecha 05/12/2016, tiene por objeto la Incorporación al Sistema de Salud Pública Provincial de los medicamentos a base de cannabis y formas farmacéuticas derivadas;


Que mediante esa norma expresamente se dispone la incorporación al listado previsto en el artículo 10 de la Ley N° 9524, denominado Formulario Terapéutico Provincial, de los medicamentos a base de cannabis y formas derivadas, de utilización obligatoria para la atención en los establecimientos médico-asistenciales dependientes del Ministerio de Salud y en el Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.), para el tratamiento de síndromes, trastornos, enfermedades poco frecuentes, patologías como epilepsias, cáncer, dolores crónicos, fibromialgia, glaucoma, esclerosis múltiple, tratamiento del dolor, estrés postraumático y toda otra condición de salud, existente o futura que la autoridad de aplicación considere conveniente;


Que, asimismo, promueve la investigación clínica y estudios relacionados con el uso del cannabis con fines terapéuticos, con la finalidad de profundizar conocimientos y crear nuevos saberes sobre su uso; impulsando la participacion de las asociaciones civiles relacionadas con la temática, de los hospitales públicos, universidades nacionales con sede en la Provincia, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y estableciendo que los mismos deben ser desarrollados en el marco del mejoramiento de los determinantes de salud propuestos por la Organización Mundial de la Salud;

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